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martes, 3 diciembre, 2024
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Diputado fiscaliza cumplimiento de subsidio a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en contexto del suelto mínimo

En mayo pasado fue publicada la Ley N°21.578, que reajusta el salario mínimo y establece tanto un mecanismo de gradualidad en su implementación, como un subsidio para aquellas empresas de menor tamaño que pudieran verse impactadas con la obligación de solventarlo.

En efecto, el diputado Hugo Rey señaló que, “fue un punto álgido de su tramitación la posibilidad de afectar a estas unidades productivas en un contexto de recesión económica, por lo que se exigió al gobierno  un mecanismo de compensación en que el Estado financiara  parte de la diferencia que implica el aumento del salario mínimo, con una gradualidad determinada en dicha legislación”.

De tal manera, para el acceso a dicho subsidio o complemento estatal, se establecieron una serie de requisitos, entre los que se encuentra el contar con determinados movimientos de contabilidad o ingresos para 2.022, siendo el caso que la misma ley, en su artículo 8, señala que estos ingresos serán aquellos “efectivamente obtenidos”, independiente de que hayan quedado consignados como ingresos en el sistema tributario, ya que, finalmente, la empresa pudo no haber tenido ingresos en dicho año contable a efectos de tributación, habiéndose iniciado actividades en 2.022, pero, como se señala, sin que haya ingresos o utilidades. Indicó el parlamentario del Maule, Hugo Rey.

Pese a la claridad de la norma, se ha señalado por distintas empresas que, al momento de postular al subsidio o complemento, el sistema virtual de la página web del Servicio de Impuestos Internos, les impide hacer la postulación, señalando que no se cumple con el requisito de percepción de ingresos efectivos, por no estar estos consignados en el ejercicio contable, respecto de aquellas empresas que iniciaron actividades en 2.022, lo que iría en contra de la disposición expresa legal.

Al finalizar, el diputado Hugo Rey mencionó que, “por ello iniciamos una fiscalización ante el ministerio de hacienda y del trabajo, ya que es importante aclarar el alcance del requisito y así disponer los mecanismos administrativos en el sistema de postulación, para que no se aplique de manera improcedente y se excluya a potenciales beneficiarios del subsidio”.

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