Tras la resolución, el proyecto deberá ser promulgado o ser vetado por el Presidente Sebastián Piñera.

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Tras la resolución, el proyecto deberá enfrentar dos escenarios legales. Por un lado, deberá ser promulgado por el Presidente de la República o que el mismo Mandatario acuda a un veto presidencial, con el cual se pueden realizar modificaciones a la instancia sin cambiar la naturaleza de la misma.
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