La idea era dar una señal a aquellas familias que durante dos años han insistido en que se debe amnistiar, y así liberar, a quienes están imputados por delitos cometidos tras el 18 de octubre de 2019 cuando se gestó el estallido social. En una radiografía a los primeros desistimientos presentados por el Ministerio del Interior en diversos tribunales del país se concluye que ninguno de los imputados estaba privado de libertad por estas indagatorias, algunas causas penales ya están terminadas e incluso en dos el Ejecutivo ni siquiera era interviniente en el caso.
Eran pasadas las 13:00 PM del viernes 11 de marzo. Media hora atrás, Gabriel Boric ya había sido investido en el Congreso Nacional como nuevo Presidente de Chile y comenzaba así oficialmente su mandato. Sus ministros lo acompañaban en la ceremonia de traspaso de mando en Valparaíso, mientras -en paralelo- los equipos del nuevo gobierno ingresaban a esa hora a La Moneda, en Santiago, para tomar posesión de las oficinas del Gobierno.
Al costado del Palacio, en el séptimo piso del edificio Bicentenario, ubicado en Teatinos 72, está la División Jurídica del Ministerio del Interior. Era hora de almuerzo y varios de los funcionarios se aprontaban a hacer uso de su periodo de colación cuando arribó hasta el lugar la abogada Camila Barros quien asumía como jefa de esa repartición, un cargo clave en el Ejecutivo, pues es quien asesorará directamente al subsecretario Manuel Monsalve y a la ministra Izkia Siches respecto a los casos en que el Gobierno obrará o no como querellante. La profesional, egresada de la Universidad Diego Portales, saludó a unos pocos conocidos y dio la orden de que nadie saliera del recinto, según comentan tres personas que presenciaron su aterrizaje.
La abogada es una “vieja conocida” en esos pasillos del Ejecutivo. En el pasado integró el equipo jurídico que lideró Luis Correa Bluas, en el segundo gobierno de Michelle Bachelet, y trabajó ahí incluso hasta bien avanzada la segunda administración de Sebastián Piñera. De eso hay registro en la querella que se presentó en contra del profesor Roberto Campos el 18 de octubre de 2019 -el mismo día del estallido social- por el delito de daños agravados, una de las primeras invocaciones de la Ley de Seguridad del Estado (LSE) y que cuenta con la firma electrónica de Camila Barros, tal y como se puede leer en la tramitación del Poder Judicial. El docente es uno de los considerados “presos del estallido” por haber sido perseguido por daños agravados tras haber golpeado unos torniquetes del Metro en medio de las protestas que fueron preludio al 18-O. La acción en su contra, prerrogativa del Ejecutivo, elevó las penas que arriesgaba cuando fue formalizado y sirvió como argumento para decretar su prisión preventiva.
“Lo siento, pero no van a poder salir a almorzar. Es prioridad del Presidente los desistimientos de las querellas por LSE del gobierno anterior, aquí tienen un listado, vayan preparando los escritos e ingresándolos al tribunal”, dijo la nueva jefa de la División Jurídica de Interior -según recuerda una fuente- en la primera reunión que tuvo con el equipo de abogados que tramitan todas las causas en que el Gobierno es interviniente. A su lado, como brazo derecho, llegaba su subjefe Ignacio García Suárez.
Un día antes y previo a tomar posesión la administración de Boric anunció su primera medida como Ejecutivo: el retiro de 139 querellas presentadas en el marco de causas abiertas tras el estallido social. Barros, entonces, exigía celeridad para ingresar los escritos en los tribunales y así se materializara lo comprometido por el Jefe de Estado. El equipo trabajó hasta pasadas las 21:00 horas de ese día. Cada documento fue revisado exhaustivamente por la nueva jefa de la División Jurídica y su hombre de confianza.
Esta semana los tribunales comenzaron a acoger los desistimientos de estas acciones penales que tienen como repercusión directa el aumentar las penas que arriesgan quienes son querellados bajo la LSE. Sin esta acusación, que sólo puede realizar el Ministerio del Interior, cambia la situación procesal de los imputados y las penas que arriesgan, entonces, en caso de ser condenados bajan también.
El listado de las 139 causas, que está en manos del Ministerio del Interior y de Justicia, es manejado con total reserva por el Gobierno y sólo un círculo muy acotado, y de confianza, posee la nómina completa. La Tercera accedió a este documento e hizo una revisión caso a caso y pudo constatar que del total de retiros ninguno tuvo, ni tendrá consecuencia directa, en la liberación de alguna persona privada de libertad por estos casos. El motivo es que ninguno de los imputados beneficiados por esta acción del Ejecutivo hoy está bajo prisión preventiva en estas indagatorias vinculadas al estallido. Algunas causas -de hecho- ya están terminadas. La mayoría de los delitos corresponden a robos en lugar no habitado -personas que ingresaron a supermercados y locales y sustrajeron especies- y el único caso más emblemático del catálogo es el del profesor Campos, cuya querella -firmada por Camila Barros- está en el listado de lo que fue interpretado como “un gesto” hacia las familias que desde hace dos años piden la amnistía y liberación inmediata de quienes están acusados por delitos tras el 18-O. Sin embargo, Campos tampoco es uno de los que se mantienen privados de libertad. Actualmente cumple la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno en espera de su juicio.
Las querellas retiradas corresponden a 139 causas que abarcan hechos ocurridos entre el 19 de octubre de 2019 y el 18 de enero de 2020 (ver infografía al final de la nota). En total, incluyen a 753 imputados, de los cuales todos ellos están libres respecto de sus casos iniciados por una querella por LSE. La mayoría de estas investigaciones fueron por el delito de robo en lugar no habitado, es decir, lo que se conoce como saqueo. La dinámica era casi siempre igual. Una turba de personas se aprovechó del caos de los días post estallido social, entraron a supermercados o farmacias y fueron detenidos por Carabineros con alimentos, perfumes o televisores en su posesión.
En el análisis realizado -en base a la información disponible en el sistema digital del Poder Judicial- se detectó que hay cerca de 14 causas en que no hay imputados conocidos, es decir, las querellas ingresadas no son personalizadas sino que se ingresaron con la clásica fórmula penal “contra todos quienes resulten responsables”.
Poco más del 73% de las indagatorias están radicadas en juzgados de garantía de la Región Metropolitana, el resto se distribuye en Valparaíso y Tarapacá.
De todos los imputados que fueron querellados hay al menos 20 que están en “rebeldía”. Esto significa que al no estar en prisión preventiva y al ser citados a audiencia, no se presentaron, tampoco han podido ser notificados y se despachó orden de detención en su contra.
Al analizar los hechos indagados por la Fiscalía en los casos de saqueos, la tónica general muestra que en la gran mayoría de los casos los productos robados son de menor cuantía. Así pasó, por ejemplo, en el caso que involucra a Manuel González Alzate. Su investigación se tramitó en el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. Según la acusación realizada por la Fiscalía Centro Norte “sustrajo diversas especies de propiedad del supermercado Unimarc entre ellas especies de comida y bebestible, las que ocultó en una mochila”. El Ministerio Público pidió una pena de tres años y un día. Sin embargo su proceso aún no ha podido terminar debido a que el 5 de enero el imputado fue declarado en rebeldía y se despachó una orden de detención en su contra.
Otro caso similar es el de Osvaldo Vidal Barahona quien fue acusado por saquear un Líder de Ñuñoa. Fue detenido con “12 paquetes de salchichas sureñas marca Líder y dos paquetes de servilletas marca Nova”. La sentencia en su contra tiene fecha de 7 de marzo de 2021 y fue condenado a 61 días. El imputado aceptó la responsabilidad de los hechos y se negó a presentar recursos por lo tanto el fallo es definitivo. Dado los días en que estuvo preso, Vidal solo quedó con una pena de 59 días que pudo cumplir con reclusión parcial nocturna. Recién el 11 de marzo de este año Interior se desistió de su querella.
Fuentes del Ministerio del Interior del gobierno pasado explican que decidieron querellarse en este tipo de saqueos invocando la Ley de Seguridad del Estado ya que los hechos ocurrieron en medio de un contexto de estado de excepción y donde habían cientos de denuncias diarias por delitos de este tipo.
Además, agregan que hay una explicación técnica de fondo: para que el Ejecutivo pudiera acompañar al Ministerio Público en estos casos, tenían que querellarse invocando esta norma, dado que el robo en lugar no habitado es un delito por el cual no podían querellarse.
A partir de enero de 2020, cuando se promulgó la denominada Ley Antisaqueos, Interior dejó de invocar esta ley y solo se hizo parte de esas causas utilizando la nueva normativa.
También ha habido otros casos. Por ejemplo en una causa del Juzgado de Garantía de Puente Alto, el Ministerio del Interior se desistió de la querella presentada, pero la medida no tuvo ningún efecto. “Advirtiendo el tribunal que en la presente causa no se ha presentado querella por parte de la solicitante, no ha lugar por improcedente”, respondió la jueza Karina Mercado el martes de esta semana.
En los casos en que el delito no fue el saqueo, destaca una querella ingresada por Interior en enero del año 2020 en el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. El ilícito invocado fue el de ultraje de la bandera de Chile. ¿Los hechos? “Marcela Inostroza Pérez procedió a atravesar la bandera nacional con un palo, mojarla y luego trapear el piso en reiteradas ocasiones con la misma mientras era filmada y fotografiada, con la finalidad de ultrajar públicamente así el emblema patrio, cuestión que se logró, como se pudo apreciar a través de redes sociales”, se lee en la querella. El caso nunca fue formalizado y el tribunal notificó el 14 de marzo al Ministerio Público del desistimiento de la querella.
Pese a que en las causas por Ley de Seguridad del Estado no hay ningún imputado privado de libertad, hay al menos dos casos en que esas personas sí están en prisión preventiva pero por otras indagatorias. Uno de ellos está en la cárcel cumpliendo condena por robo por sorpresa y otro por haber robado una casa de Puente Alto en septiembre de 2020.
El celular vibraba insistentemente. Pero el abogado Rodrigo Barros -representante del Ejecutivo- estaba atento a la audiencia y no lo escuchó. “¿Te estás oponiendo a la libertad de Piña?”, lo increpaban desde el gabinete del Ministerio del Interior. Ese martes 15 estaba agendada la preparación de juicio oral en contra del ingeniero Nicolás Piña, contra quien la Fiscalía pide 23 años de cárcel tras formalizarlo por homicidio frustrado de carabinero. Esto en el marco de hechos ocurridos hace poco más de un año cuando -según la acusación- el joven lanzó hacia un carro policial una molotov cuando en el interior habían seis uniformados.
En un momento la defensa pidió sustitución de prisión preventiva por una medida cautelar menos gravosa en atención a que el imputado llevaba ya más de un año en la cárcel. El juez entonces le dio la palabra a todos los intervinientes. Fiscalía y CDE se opusieron señalando que la gravedad de los hechos formalizados hacen que el acusado sea considerado un peligro para la sociedad. Cuando fue el turno del tercer querellante presente en la audiencia, ante la consulta del magistrado, el abogado de Interior se limitó a decir: “En atención a lo extenso del debate, nada que agregar su señoría”. La ambigüedad de su respuesta hizo que la defensora, Karinna Fernández, le pidiera al tribunal que emplazara al representante del Ejecutivo para aclarar si se estaba oponiendo o no a la liberación de su representado. Fue el propio juez quien le repitió a la profesional: “dijo que no tenía nada que agregar y se entiende entonces que no tiene nada que agregar”.
La situación motivó -según comentan en los pasillos de Teatinos 72- una fuerte reprimenda a Rodrigo Barros. Desde el lunes 14, la jefa de la División Jurídica había repartido entre los abogados litigantes una minuta que se debía llevar a cabo al pie de la letra en los casos que involucren a imputados del estallido social. El documento se titula: “Instrucciones en audiencias”. El segundo punto ordena: “Ante alegaciones de cambio de cautelar decir la frase ‘se deja a criterio del tribunal’”. Como Rodrigo Barros no exactamente eso y una persona presente en la audiencia reclamó en privado por ello, desde el gabinete de Interior se le emplazó a explicar si acaso con el cambio de fraseo pretendía oponerse a lo que pedía la defensa de Piña. Todo concluyó esa misma jornada, según miembros de la División Jurídica, en una reunión a puertas cerradas entre Camila Barros y el abogado que asistió a la audiencia de Piña y en que este último, al salir del encuentro, se le vio visiblemente afectado.
Fernando Monsalve, quien integra el equipo de abogados que patrocina a Nicolás Piña descartó que como defensa tengan algún tipo de acuerdo con el gobierno para establecer estrategias judiciales conjuntas en torno a casos asociados al estallido social. “No hemos tenido ningún tipo de contacto. Lo único que hay es una reunión entre los familiares de detenidos durante la revuelta con autoridades del Ministerio de Justicia, donde ellos manifestaron la intención de estudiar los casos. Entiendo que fue una conversación no más, no hubo ningún compromiso”, aseguró. Sobre cómo ven los defensores el retiro de querellas por LSE y si es una medida suficiente para las pretensiones de las familias de los detenidos, Monsalve afirmó que “según mi experiencia en este tipo de causas, y otras, no influye en nada una querella por LSE. De hecho, los que yo defiendo, no están imputados por aquello, así que me imagino que es más una señal política que se intentó dar, pero para efectos de la defensas y de los ‘presos de estallido’ no es la aguja que define el tema”.
La minuta de Interior que instruye criterios de actuación contempla además que cuando los abogados defensores presenten pruebas a favor de los imputados por estos casos, ellos como querellantes no harán uso de su derecho a alegar ante el tribunal para excluir esa evidencia. Guardarán silencio. La tercera instrucción -se lee en el documento- es no apelar, lo que se materializó en el caso de Piña en que sólo recurrió ante la Corte de Santiago la Fiscalía y el Consejo de Defensa del Estado (CDE) y el Gobierno ni siquiera se presentó a alegar la causa, en que finalmente se liberó a Piña por dos votos a uno. Finalmente, el instructivo de litigación mandata a los abogados de esa cartera a decir “todas las frases anteriores de forma textual” y nunca hacer una petición que exceda lo que solicite el Ministerio Público.
Esta ofensiva, dicen al interior de la Fiscalía, organismo que por deber Constitucional persigue delitos, los deja en orfandad. “Con estos criterios, seremos los únicos acusadores, casi no se entiende que Interior se siga sentando en el banquillo de los acusadores, quizás será mejor entonces que cambien de asiento a los de la defensa”, comenta una alta fuente del Ministerio Público a quien ya le han expresado distintos abogados del Gobierno que ellos tienen órdenes expresas de no ser la traba de ningún acuerdo que dé una salida judicial que permita liberar o terminar causas contra los presos del estallido social y así cerrar esa página judicial.