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miércoles, 6 noviembre, 2024
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General Martínez llegó a la oficina de la ministra Rutherford pero hizo uso del derecho a guardar silencio

Tras infructuosos intentos para que la diligencia se realizara en su domicilio, lo que fue rechazado por la jueza de la Corte Marcial y también por la Corte Suprema, e incluso para frenarla, mediante un recurso ante el Tribunal Constitucional (TC) -que no lo revisó-, Martínez acudió finalmente al despacho de Rutherford, comparecencia originalmente fijada para el 3 de marzo pasado, cuando no se presentó.

“Siempre he estado tranquilo. He dicho públicamente que nunca he estado sobre la ley, pero que tampoco debo estar debajo de la ley. Se ha hablado sobre mi patrimonio, mi patrimonio es legítimo“, afirmó en su arribo al interrogatorio.

También insistió en sus cuestionamientos a las garantías procesales de la justicia militar que, en otros aspectos, que no contempla que las declaraciones se realicen en presencia de un abogado defensor.

Las garantías procesales que tienen hoy los militares activos o en retiro no son tales, porque por ejemplo no se nos está permitido poder testificar en compañía de un abogado, como hoy o tienen el 99% de los chilenos (en la justicia civil)”, reprochó el otrora jefe militar.

Su abogado, Juan Carlos Manríquez, confirmó que el general guardó silencio, a la espera de que el TC resuelva el recurso presentado de urgencia la última jornada, que busca que el Tribunal analice si las garantías procesales que se le otorgan son constitucionales, sobre todo que tenga declarar sin la presencia de su defensa.

El objetivo es que “se aplique igualitariamente la Constitución y los tratados“, por lo cual “las acciones exigen, desde el punto de vista constitucional, que se decida si esas normas pueden ser aplicadas o no”; en tanto que “se conocen con precisión y claridad cuáles son las conjeturas que se le levantarían para citarlo y cuáles serían esas sospechas fundadas”, explicó.

Es la única manera de resguardar sus derechos, de lo contrario, si usted no tiene las preguntas que le van a hacer registradas en un acta, y sólo hay algunas respuestas, se pierde el contexto. Si no tiene asistencia (de abogado), lo más probable es que eso implique violar la Constitución”, argumentó.

En ese sentido, citó el artículo 19 de la Constitución, sobre los derechos fundamentales, que en su numeral 7, inciso F, garantiza que “en las causas criminales no se podrá obligar al imputado o acusado a que declare bajo juramento sobre hecho propio; tampoco podrán ser obligados a declarar en contra de éste sus ascendientes, descendientes, cónyuge y demás personas que, según los casos y circunstancias, señale la ley”.

Nadie puede ser obligado a declarar en su propia contra o auto incriminarse, y esto es lo que suele ocurrir, y por eso muchas veces se dice que alguien queda detenido principalmente por sus propios dichos, y eso contraría la Constitución y los tratados”, subrayó Manríquez.

A inicios de marzo se hizo público que Martínez fue citado a declarar por las aristas “Pasajes y Fletes” -uso irregular de dinero asignado para viajes oficiales- y “Gastos Reservados” -presunta malversación de recursos destinados a Seguridad e Inteligencia-, en el marco del llamado “milicogate”.

Martínez debía dejar la comandante del Ejército el 9 de marzo, pero dimitió una semana antes, el día 2, en el marco de la cuenta pública de la institución castrense. Le sustituyó el general Javier Iturriaga del Campo, designado el pasado noviembre por el entonces Mandatario Sebastián Piñera.

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