El parlamentario Hugo Rey, junto a otros diputados del partido político de oposición al Gobierno “Renovación Nacional”, piden al Contralor una auditoría general de todas las pensiones de gracia otorgadas a personas calificadas como “víctimas de vulneración a DD.HH”.
En el escrito ponen en duda el criterio de “discrecionalidad” del Presidente, en la selección de beneficiarios y esperan que la entidad despeje dudas sobre aquello. Sobre esto, el diputado Hugo Rey, indicó “la gente ya no quiere que su dinero se siga despilfarrando en este caso para su barra brava”.
El objetivo es, “verificar si se cumplieron tanto los requisitos que permiten acceder a estas pensiones, como los supuestos y actuaciones administrativas previstos en la ley para su otorgamiento, dirigiéndose al Ministerio del Interior y Seguridad Pública y al Instituto Nacional de Derechos Humanos para efectos de obtener los actos administrativos que otorgan los beneficios, junto a sus antecedentes y tramitación”.
Lo anterior, a propósito de las declaraciones realizadas por el Subsecretario Manuel Monsalve, quien señaló que, se han otorgado 418 pensiones de gracia en mérito a lo dispuesto en la Ley N°18.056, a personas calificadas como víctimas de vulneración de derechos en el marco del estallido. Sin embargo, el 10% del total de beneficiados tendría antecedentes penales, es decir 40 personas.
Es por esto que el diputado por Maule norte señaló que: “La regulación de estas pensiones en la ley de presupuestos es tan ambigua, que se presta para engaños y para que una cantidad importante de sujetos, muchos de ellos con antecedentes penales, puedan gozar de una pensión de por vida. No queda claro el procedimiento, ni quienes calificaban las lesiones que permiten gozar de estas pensiones, y ciertamente, tanto secretismo parece indiciario que acá se puede destapar un escándalo de proporciones que incluya la comisión de delitos destinados a defraudar al Fisco”.
Finalmente el escrito antes citado señala que; “del total de los casos beneficiados con la pensión, pareciera que tanto de la magnitud del daño o perjuicio sufrido, como del contexto en las que tuvieron lugar, no ameritan ser calificadas de “accidente o catástrofe”, ni menos cabría calificar las circunstancias como “extraordinarias”.
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