Además de Rojo, también fue condenado el exsecretario ejecutivo de la Corporación Municipal de Antofagasta, Edgardo Vergara, quien recibió una pena de 3 años y 1 día de libertad vigilada, por lo que podría recibir una pena sustitutiva.
Las condenas aún son de primera instancia, por lo que las defensas de Rojo y Vergara podrían pedir la nulidad del juicio, para evitar la cárcel o al menos alargar el proceso.
Junto a la condena de prisión efectiva contra Rojo, el TOP también decretó las penas de inhabilitación absoluta para cargos, empleos u oficios públicos por cinco años y un día; inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la pandemia, y el pago de una multa ascendente al 20% del perjuicio causado, equivalente a poco más de $4 millones.
El juicio inició el pasado 3 de noviembre y contó con más de 100 testigos, siendo hallada culpable a finales de diciembre, finalizando esta etapa con la lectura de sentencia, realizada la tarde de hoy lunes.
El Tribunal también descartó que Rojo pueda optar a una pena sustitutiva, al no cumplir los requisitos legales para ellos, dictando que “deberá cumplirla efectivamente, contabilizándose desde que se presente o sea habida, no existiendo abonos que considerar”.
“TOP de Antofagasta condena a 5 años y 1 día de presidio efectivo a ex alcaldesa de Antofagasta, Karen Rojo, por el delito de fraude al fisco y a 3 años y 1 día de libertad vigilada a ex secretario ejecutivo de Corporación Municipal, Edgardo Vergara”, informó el Poder Judicial en su cuenta de Twitter.
Rojo fue condenada por el caso Main, donde la Fiscalía de Antofagasta acusaba a la exalcaldesa de haber contratado una asesoría de esta empresa — a cargo de la Corporación Municipal de Desarrollo Social—, que habría tenido como objetivo mejorar la posición de la suspendida alcaldesa para su reelección.
Tras semanas de juicio y la presentación de testigos, el TOP llegó a la conclusión de que las acusaciones contra Rojo eran ciertas, “más allá de toda duda razonable”.